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¿Como cambiaron las leyes de la Insolvencia en el 2005?

(This article was translated by Tabitha Villarrubia, Esq. through a generous financial gift provided by Patty McKinnon.)

Este artículo es para información sólo. NO es un consejo legal. Para recibir consejo legal, consulte con un abogado privado o con un abogado de la oficina de servicios legales más cercana.

He escuchado mucho sobre las nuevas leyes de la insolvencia. ¿Las leyes de la insolvencia han cambiado?

SÍ. En abril de 2005, el "Acto de protección del Consumidor y Prevención del Abuso de la Insolvencia" fur firmado como ley. Casi todos de los cambios fueron a cabo en el 17 de Octubre de 2005. Todos los casos de Insolvencia que empezaron el 17 de octubre de 2005 o después son sujetos a las nuevas leyes.

¿Es verdad que tengo que ir a Consejos de Crédito antes de empezar un caso de la insolvencia?

Sí. Tienes que asistir a un consejo de crédito a una agencia que no sea lucrativo de consejero de presupuestos y crédito aprobados, dentro de 180 días de la presentación de tu caso de insolvencia. Tienes que darle a la Corte de Insolvenica una certificación que has completado el consejo. En casos de emergencia, puede ser que puedas empezar tu caso de insolvencia sin hablar con un consejero de crédito, pero vas a tener que completar el consejo un poco después de empezar el caso.

¿Es verdad que más personas van a tener que presentar planes de pago del Capítulo 13?

Quizas. Hay una nueva disposición conocida por el "medico examen". Si tu sueldo es mas del sueldo mediano en el estado donde tu vives, tu puedes, bajo algunas circunstancias, tener que presentar un plan de pago del Capítulo 13 que paga por lo menos $100 mensual a acreedores por 5 años. El "sueldo mediano" es decidido por un sueldo promedio sobre los seis meses anteriores. Algunas deudas y gastos son deducidos, bajo una formula complicada. Hay exclusiones para circunstancias especiales, como al perder tu trabajo poco antes de presentar la insolvencia.

Aparentemente casi todas las personas que presentan la insolvencia, sin embargo, no van a ser forzados a presentar un plan de pago del capítulo 13 bajo el "medio examen".

¿Y si presenté un caso de la insolvencia antes? ¿Puedo presentar otro caso otra vez?

Si, pero puede ser que tengas que esperar más tiempo. Si presentaste un caso de insolvencia menos de 8 años atras, y recibiste el descargo, no puedes recibir otro descargo ahora. La regla antes era una espera de 6 años. También hay reglas nuevas que afectan el descargo de casos de capítulo 13. De vez en cuando, puede ser un beneficio presentar un caso de capítulo 13, aunque no recibas un descargo, y puedes discutir ésta posibilidad con tu abogado.

He escuchado que va haber más papeleo. ¿Es verdad?

Sí - en adición a tu lista de acreedores, catalogas de propiedades, sueldos y gastos, vas a tener que proveer:

    Un certificado del consejo de crédito;
    Archivos de pagos de tu empleador de los últimos 60 días;
    Una declaración del sueldo mensual, y cualquier anticipación de un aumento en tu sueldo o gastos después de la presentación;
    Impuestos o transcripciones del año de impuestos más recente;
    Impuestos presentados durante el caso, incluyendo impeustos por años anteriores que no habian sido presentados cuando el caso de insolvencia comenzó.
Si fracazas en cumplir puede resultar en el despido de tu caso. Tu abogado te instruirá en otro papeleo necesario para traer o firmar.

Han cambiado las leyes de exclusión (leyes que protegen a mi propiedad)?

Leyes de exclusión (leyes que deciden la propiedad con cual te puedes quedar) han cambiado en dos maneras importantes?

1. Leyes de exclusión son diferentes en otros estados. Bajo las nuevas leyes de la insolvencia, si has vivido en un estado por lo menos 2 años (730 days), tu usas las leyes de ese estado. Si te has mudado drentro de 2 años, vas a tener que usar las leyes del estado adonde vivías antes, dependiendo en la cantidad de tiempo que viviste en ese estado (tu abogado examinará los requisitos exactos). Las leyes del otro estado pueden ser mas generosas o menos generosas comparadas al estado donde vives ahora.

2. Si calificas para la ley de exclusión de Indiana, casi todas las cantidades de la exclusión se hicieron dobles en el 1 de Julio de 2005. Por ejemplo, la exclusión de tu residencia ahora es $15,000 ($30,000 si estas casado). Le exclusión es aplicada al valor de tu casa, menos cual quier hopeteca o derecho de retención contra tu casa. Bajo algunas circunstancias, un matrimonio que son dueños juntos de algun terreno puede excluir una cantidad grande de propiedad. La exclusión por otra propiedad (carros, muebles, etc.) es $8,000 ahora ($16,000 pro matrimonio). Un abogado te puede explicar como las exclusiones protegen tus derechos para que te quedes con propiedad.

¿Ha subido el costo de presentar una insolvencia?

Si. El costs de presentar el capítulo 7 fue subida del $209 a $299. Pero también hay un cambio positivo: si tu sueldo es menos del 150% del nivel de pobreza federal, puedes pedirle al tribunal que suspenda el costo para ti. El tribunal puede permitir que el costo se suspenda. Si el tribunal rechaza tu petición, puedes pagar el costo en pagos. Un pago típico es tres pagos de $91 - $92 cada uno.

El costo de presentar el capítulo 13 bajó un poco de $194 a $274. También puedes pagar en pagos.

¿Son éstos los únicos cambios en las leyes de la insolvencia?

NO - hay otros cambios, que tu abogado te explicará, dependiendo en las circunstancias de tu caso.

Éste guía es para darte información general sobre los cambios de las leyes de la insolvencia. Solamente un abogado puede darte consejo especifico. Por favor note que el Congreso puede cambiar las leyes a cual quier tiempo, como hiz en el 2005.

Algunas personas piensan que en el 2005, el Congreso lo hizo imposible para presentar la insolvencia. Ésto no es cierto. La insolvencia todavía puede ser una manera muy beneficial para obtener pretección de acreedores y obtener un comienzo finacnero nuevo. Debes buscar un abogado para examinar las circunstancias de tu caso, y para ayudarte en decidir si la insolvencia es apropiado para ti.

Revisado (Español) por última vez 02/2006
Código especial: 1010000







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